¿Qué es el Anexo 31?
El Anexo 31 a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, establece los lineamientos de operación del Sistema de Control de Cuentas Créditos y Garantías (SCCCyG).
El SCCCyG es el mecanismo mediante el cual el SAT monitorea y controla el “valor de las mercancías pendiente de retorno” de las importadas temporalmente por las empresas beneficiadas del esquema de “certificación” conforme al art.28-A (Ley IVA) Y 15-A (Ley IEPS).
Cómputo de plazos conforme al “régimen de operación”.
Monitoreo de los tiempos de retorno.
Actualiza y Controla los saldos de los créditos en función de los “CARGOS” y los “ABONOS”.
El proceso de control de inventario registra “cargos” (entradas) reconocidos por la autoridad en el informe de “inventario Inicial” más los pedimentos de importación procesados en el SAAI* y “abonos” (salidas) reportados por la empresa certificada “CIVA” en sus diferentes claves del “destino aduanero”; De esta forma, el “cargo” y el “abono” gestionados bajo el método de primeras entradas primeras salidas “PEPS” conforman la ecuación para acumular el valor de las mercancías importadas y disminuir el valor comercial de las mercancías retornadas.
* SAAI: Sistema Automatizado Aduanero Integral
Inventario Inicial
Mercancía vigente en el sistema de control de inventarios A24 de la empresa, previo a la entrada en vigor del esquema de “Certificación” aprobado.
Créditos fiscales determinados en las Importaciones.
Identificados con la forma de pago “21” o “22” según corresponda al tipo de “Certificación”.
Informes de descargos operados y procesados por la empresa CIVA desde su sistema de control del Anexo24
EL monto determinado del crédito fiscal por IVA IEPS se calcula de forma agregada a nivel fracción arancelaria, considerando como base para su determinación el que resulte de la suma del Valor en Aduana + IGI / IVA o IEPS.
La autoridad actualiza periódicamente el “Estado de Cuenta Global” para mantener informado al contribuyente, a través del portal oficial de servicios; la gestión de este informe refleja el balance del “Valor de las mercancías pendientes de retorno” así como la proporción de “Crédito Fiscal” relacionado.
Recomendaciones:
Cumplir en tiempo y forma con el envío de informes de descargo
Corregir informes reflejados con estatus “ NoVálido”
Corregir montos de fracciones con sobredescargos
Registrar en el anexo 24 las rectificaciones efectuadas a pedimentos y asegurarse de validar si afectan el valor de las mercancías.
Confirmar la consistencia de valor del inventario pendiente de retorno registrado en el Anexo 24 vs el reflejado en el Estado de Cuenta Global del SCCCyG
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